Revisión de todos los tipos de inspecciones por los que un vehículo puede necesitar pasar la ITV

Redacción – Asetra

¿Cuántos tipos de inspecciones de ITV se pueden hacer a un coche? Más allá de las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos que todos los automovilistas conocen, hay otras para determinados casos sobre las cuales el taller debe tener un conocimiento adecuado para poder transmitir la mejor información a su cliente.

1-Inspecciones técnicas periódicas. Los vehículos matriculados o puestos en circulación deben someterse a inspección técnica en una de las estaciones de inspección autorizada en los casos y con la periodicidad, requisitos y excepciones que se establecen en la reglamentación. Cuando los coches son nuevos, tienen que pasarla 4 años después de su primera matriculación. A partir de esa fecha será cada 2 años hasta que el vehículo cumpla 10 años y después, una vez al año.  Las motos deben pasar la primera inspección a los 4 años, los ciclomotores a los 3, y en ambos casos, a partir de esa fecha, será cada 2 años. El objetivo es comprobar que reúnen las condiciones necesarias para circular por la vía pública.

2-Reformas en el vehículo, es decir, incorporación de nuevos elementos, sustitución de otros, o alguna modificación de la carrocería… que modifican las características del automóvil. Dichas transformaciones se contemplan en el Manual de Reformas de Vehículos cuya última edición es de marzo de 2018. El usuario debe informarse antes de hacerla y asegurarse de que todas las modificaciones estén permitidas en el Manual de Reformas. El taller donde se haga la reforma debe  proporcionar a su cliente un certificado según el modelo oficial en el que se detallen las homologaciones y marcaje de las piezas añadidas, con su marca y modelo. Si la reforma es compleja puede que requiera un proyecto técnico.

Siempre será necesario un certificado de fabricante o de un servicio técnico de reformas que dé conformidad a la reforma efectuada.

3-Inspecciones técnicas previas a la matriculación.

Los vehículos matriculados en otros países, los vehículos nuevos no matriculados directamente en tráfico por sus fabricantes, vehículos a los que no les sea de aplicación obligatoria la homologación CE, de subastas, cuerpo diplomático, etc, deben pasar una inspección previa a la matriculación en ITV.  Las matriculaciones más habituales son:

Vehículos no matriculados procedentes de cualquier país

Vehículos matriculados procedentes de la UE

Vehículos matriculados  procedentes de terceros países

Traslados de residencia a España.

4-Inspecciones técnicas voluntarias: Cualquier vehículo se puede presentar en una ITV para realizar una inspección antes del plazo requerido para conocer su estado.

Dependiendo de cada tipo de matriculación de los indicados arriba, se exige una documentación u otra.

5-Inspecciones requeridas por cualquiera de los organismos a los que el Reglamento General de Vehículos y demás legislación vigente atribuyen competencias sobre esta materia. El objeto de la inspección es comprobar que el vehículo cumple las condiciones exigidas para circular por las vías públicas.

6-Inspecciones técnicas a vehículos accidentados con daños importantes en su estructura o elementos de seguridad. El objeto de la inspección es la comprobación, voluntaria u obligatoria, de que un vehículo ha sido restituido a sus condiciones originales.

7-Inspecciones técnicas previstas en el procedimiento de catalogación de vehículos históricos

8-Inspecciones de pesaje: para comprobar el peso del vehículo.

9-Duplicados de ficha técnica: en la estación ITV se realizan los duplicados de tarjeta de inspección técnica (no electrónicas) por pérdida, sustracción o deterioro de las mismas.

10-Cambios de destino: para reflejar en la tarjeta de inspección técnica la utilización del vehículo.

11-Diligencias en fichas técnicas: inspecciones para realizar correcciones o anotaciones varias en las tarjetas de inspección técnica.

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